Como CEO de esta gran Compañía, estoy muy orgulloso del éxito que hemos logrado, la reputación que hemos construido y la credibilidad que hemos establecido. Por eso es tan importante que todos hagamos nuestra parte para proteger lo que hemos logrado garantizando que todos sigan nuestro Código de Etica y Conducta, en adelante “Código”.
Como empleados, todos tenemos el deber de revisar y comprender el Código para que podamos actuar con honestidad e integridad en todos nuestros tratos comerciales.
Sinceramente,
Jaime Navarro, CEO
El presente Código se aplica a todos los empleados (internos y externos) que trabajan para GUS SERVICIOS TECNOLÓGICOS, S.A.P.I. de C.V. en México y GUS TECHNOLOGIES SPAIN, S.L.U en España (en adelante referenciados como “la Compañía”, representa una guía en su desarrollo profesional y tiene como objetivo difundir el respeto a los principios fundamentales de este Código, las leyes y regulaciones vigentes, así como a las obligaciones adquiridas por la Compañía con sus accionistas, empleados, proveedores, clientes, aliados y otros grupos de interés.
INTEGRIDAD - ser directo y honesto en todas las relaciones profesionales y comerciales.
OBJETIVO - no permitir que los prejuicios, los conflictos de intereses o la influencia indebida de otros anulen los juicios profesionales o comerciales.
COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO - para mantener el conocimiento y la habilidad profesional en el nivel requerido para garantizar que un cliente reciba servicios y productos profesionales competentes basados en los desarrollos actuales en la práctica, la legislación y las técnicas y actúe diligentemente y de acuerdo con las leyes, regulaciones y técnicas aplicables y estándares profesionales.
CONFIDENCIALIDAD - respetar la confidencialidad de la información adquirida como resultado de las relaciones profesionales y comerciales y, por lo tanto, no revelar dicha información a terceros sin la debida y específica autoridad, a menos que exista un derecho o deber legal o profesional de revelar, o usar La información para el beneficio personal o de terceros.
COMPORTAMIENTO PROFESIONAL - para cumplir con las leyes y regulaciones relevantes y evitar cualquier acción que desacredite la imagen y reputación de la Compañía o externa (clientes, proveedores, autoridades, competidores, etc.).
La Compañía considera que el respeto entre todas las personas es fundamental, por lo que apoya la diversidad entre su personal, repudiando todo tipo de discriminación basada en raza, color, edad, sexo, etnia, orientación sexual, identidad de género, religión, credo, antepasados, nacionalidad o invalidez.
La Compañía no tolera ningún tipo de acoso sexual o moral, comprometiéndose a aplicar las leyes y regulaciones vigentes para tratar cualquier caso en este asunto del que tenga conocimiento.
Nuestra filosofía operativa es que todos nosotros, la Dirección y empleados, compartimos la responsabilidad de garantizar el éxito de la Compañía.
Para cumplir con esta responsabilidad, todos debemos actuar con integridad. Esto significa que debemos obedecer la letra y el espíritu de las leyes que se aplican a nosotros, respetar este Código y cumplir con nuestros compromisos.
También debemos ser justos en nuestros tratos con otros empleados, clientes, proveedores u otras partes interesadas.
También es esencial que respetemos a los demás, que pueden tener diferentes pensamientos y opiniones, actuar con sensibilidad y respeto hacia las culturas y costumbres de los países en los que operamos, y esforzarnos por considerar nuestro impacto en las comunidades donde realizamos negocios.
La Compañía debe cumplir con las leyes, regulaciones y políticas internas aplicables, cumplir con las normas sociales sólidas y tomar las medidas apropiadas contra cualquier acto ilegal, criminal o actos que violen las políticas y reglas de la Compañía. La Compañía no hará ninguna excepción a este compromiso, independientemente de si un acto ilegal está motivado "en interés de la Compañía" o "en interés del cliente", o se lleva a cabo bajo las instrucciones del superior de uno.
Competimos vigorosamente, pero con respeto por la competencia libre y justa. Como resultado, los empleados de la Compañía se comprometen a cumplir con todas las leyes antimonopolio y de competencia aplicables. No participaremos en ninguna actividad que viole estas leyes, como llegar a un acuerdo con nuestros competidores para fijar precios, descuentos o condiciones de venta, dividir mercados y coordinar actividades de licitación o boicotear a clientes o proveedores.
No ofrecemos ni aceptamos sobornos ni comisiones ilegales, ni directamente ni a través de terceros. Al dar o aceptar cosas de valor, debemos pensar si hacerlo podría influir en una decisión comercial o dar a otros esa impresión. También debemos asegurarnos siempre de que los registros de todos los pagos que hacemos sean precisos y completos. Estas obligaciones se aplican en todos los casos, pero son especialmente estrictas en asuntos que involucran a funcionarios del gobierno.
Nuestro compromiso con el antisoborno se aplica, sin excepción, a todas nuestras operaciones, sin importar cuáles sean las leyes locales o las prácticas culturales. También esperamos que cualquier tercero que actúe en nuestro nombre confirme esta declaración.
Todos los empleados están obligados a cumplir con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción o las leyes y reglamentos relacionados vigentes en los países en los que operamos.
Debido a que las leyes que rigen el cabildeo y las contribuciones políticas pueden ser muy complejas y varían mucho en los lugares donde hacemos negocios, debemos abordar nuestros esfuerzos de cabildeo y participación política, incluidos los fondos y el apoyo, con gran cuidado.
No participar en cabildeo con ningún nivel de gobierno ni hacer contribuciones políticas (incluidas donaciones monetarias, bienes o servicios) en nombre de la Compañía sin el permiso por escrito del Consejo de Directores que es el autorizado para manejar estos asuntos. Si existe una situación confusa relacionada, comuníquese con un experto en cumplimiento legal o asuntos gubernamentales.
El consumidor es la razón de la existencia de nuestra Compañía, los productos y servicios que suministramos están hechos para proporcionar una mejor experiencia y vivir para ellos.
Todos los empleados están obligados a cumplir con lo establecido en la Ley Federal para la Protección del Consumidor, la Ley de Equidad de Revisión del Consumidor o las leyes y regulaciones vigentes en los países en los que operamos.
Todos los empleados deben evitar cualquier situación que implique, o se pueda esperar razonablemente que implique, un conflicto de intereses con la Compañía. Un "conflicto de intereses" puede ocurrir cuando el interés personal de un empleado es adverso o puede parecer adverso a los intereses de la Compañía en su conjunto. Los conflictos de intereses también surgen cuando un empleado, o un miembro de su familia inmediata, reciben beneficios personales inadecuados como resultado de su posición en la Compañía.
La Compañía posee una amplia variedad de activos tangibles e intangibles que son indispensables e invaluables para sus exitosas operaciones comerciales. Para que la Compañía use dichos activos de manera efectiva y en cualquier momento durante el curso de sus actividades comerciales, la Compañía administra dichos activos con mano firme para evitar que dichos activos se pierdan, roben o usen ilegalmente. La Compañía se esfuerza por gestionar y proteger la información confidencial (por ejemplo, datos personales, financieros, secretos comerciales, etc.) y utilizar dicha información de manera adecuada. Al mismo tiempo, la Compañía no tolera el uso ilegal de los activos o la propiedad intelectual de otra parte o el uso no autorizado de la información confidencial de la otra parte.
Debemos administrar y proteger los activos, la propiedad intelectual, los secretos de la Compañía (como los secretos comerciales, etc.) y la información personal de la Compañía, así como respetar los activos, la propiedad intelectual y la información confidencial de otros.
El incumplimiento de los puntos establecidos en este Código puede dar lugar a sanciones administrativas, terminación sin responsabilidad de la relación laboral y / o acción legal y enjuiciamiento.